Mediante decretos de urgencia y durante cuatro meses, el presidente Martín Vizcarra podrá expedir, por ejemplo, su propia Ley de Presupuesto y otras normas. De acuerdo con el artículo 101° de la Constitución Política, la Comisión Permanente (CP) del Congreso tiene funciones reducidas que, en ningún caso, le autoriza legislar ni fiscalizar a los poderes del Estado. LIMITACIONESLas reformas constitucionales son una facultad exclusiva del Poder Legislativo y, al no haber Congreso, no existe institución alguna para formular cambios en la Carta Magna, remarcó García Toma. Hay artículos en la Carta Magna que se refieren específicamente a las uniones de hecho y al derecho a la vida”. No obstante, el constitucionalista aclaró que cualquier decreto que haya sido emitido por Vizcarra podría ser dejado sin efecto al ser elegido un nuevo Congreso, en los próximos cuatro meses.
Source: Expreso October 03, 2019 20:26 UTC