Poder Judicial ordena a Reniec implementar cambios de prenombres y sexo de personas trans e intersexuales - News Summed Up

Poder Judicial ordena a Reniec implementar cambios de prenombres y sexo de personas trans e intersexuales


El Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Reniec a implementar un procedimiento que permita el cambio de prenombres, sexo y demás registros públicos de las personas trans e intersexuales. En la resolución se precisa que para el caso en cuestión, el cual se mantiene en reserva, se ordena a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante SUNEDU), “que corrija los datos en todos los registros de su competencia, no debiendo constar las modificaciones y las causas, como anotaciones en dichos documentos”. De acuerdo con la resolución, “el demandante siempre se mantuvo en la incertidumbre con respecto de su identidad, puesto que, de acuerdo con el sexo asignado al nacer, esto es femenino, y dada su identidad de género y expresión de género, transitó por varias identidades al explorarse a sí mismo, creyendo en algún momento ser lesbiana, y posteriormente ser un hombre trans”. #Sentencia 3° Juzgado Constitucional Transitorio de la @CSJdeLima ordenó a @reniecdigital implemente un procedimiento que permita el cambio de prenombres, sexo y demás registros públicos de las personas trans e intersexuales. Descarga la resolución aquí: https://t.co/IwZkRD7QOs pic.twitter.com/ew90uD4U5G — CSJ de Lima (@CSJdeLima) August 6, 2020Se recuerda que “la Corte Interamericana de Derechos Humanos, estableció que para que el mismo sea verdaderamente efectivo, es necesario que los Estados garanticen que la identidad de género y la identidad sexual concuerden con los datos de identificación consignados en los distintos registros así como en los documentos de identidad, lo cual se traduce en la existencia del derecho de cada persona a que los atributos de la personalidad anotados en los registros y otros documentos de identificación [entiéndase nombre, imagen fotográfica y sexo], coincidan con las definiciones identitarias que tienen de ellas mismas, y en caso que no exista tal correspondencia, debe existir la posibilidad de modificarlas”


Source: Peru21 August 06, 2020 21:45 UTC



Loading...
Loading...
  

Loading...