http://bit.ly/2N6kKml), pero también la trampa en la que hemos caído con la vasta “información fundamental” que a la postre termina excluyendo y ocultando información. La primera Ley de Transparencia (2002) en Jalisco era simple, 26 artículos y la obligación de publicar información en siete rubros (ver: http://bit.ly/2N0D7Oq); la segunda Ley de Transparencia (2005) amplió y precisó sujetos obligados, creó el ITEI como organismo garante, y amplió a 27 los rubros de información fundamental para todos los sujetos obligados (aumento de 285.7 por ciento), además, de 42 obligaciones específicas a sujetos obligados (ver http://bit.ly/2CCMrDi). Entre 2005 y 2015, en que se armonizó la cuarta Ley de Transparencia, la información fundamental general y específica pasó de 90 a 348 rubros. Con el tiempo, la vastedad de información fundamental se ha convertido en la causa de publicar sólo lo que la ley establece, y no lo que las personas necesitan. Centrar la transparencia en publicar sólo información fundamental establecida en la ley y no en lo que una comunidad necesita, está resultando tramposo.
Source: Milenio October 01, 2018 09:45 UTC