El Artículo 9 de esa ley establece que la información originada será considerada de Seguridad Nacional y clasificada, por lo cual podría no ser de conocimiento público, indicó el comisionado. No podemos permitir que la tendencia actual de incremento en la violencia continúe", precisó. Un particular solicitó el número y nombre de las corporaciones policiacas del país y el secretariado declaró inexistente la información, bajo el argumento de que el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública concentra información del personal de seguridad pública en el país. Indicó que no suministra información por corporaciones policiacas en particular, por lo que, inconforme, el particular impugnó la respuesta e interpuso un recurso de revisión ante el INAI. También cuenta con información para conocer a qué instituciones se entregan dichos recursos, desglosadas entre las federales, las estatales y municipales.
Source: Excélsior December 10, 2017 14:48 UTC