Este beneficio laboral, el cual se deposita dos veces al año (julio y diciembre), lo reciben aquellos trabajadores que están en el régimen privado (en planilla). Lo mismo sucede con los trabajadores de construcción civil, donde ya se encuentra incluido dicho beneficio en su jornal semanal. Mientras que en la pequeña empresa la gratificación asciende a medio sueldo. Asimismo, las trabajadoras del hogar, el cual es un régimen especial perciben medio sueldo como concepto de gratificación. Para percibir la gratificación el trabajador debe estar laborando en diciembre o estar de vacaciones.
Source: La Republica December 08, 2019 11:04 UTC