El Gobierno publicó hoy en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N.° 1695, por el cual modifica el Código Penal para fortalecer las medidas destinadas a combatir el delito de minerÃa ilegal en el Perú. Según el dispositivo legal, incurrirá en delito de minerÃa ilegal aquella persona que no solo realice exploración, extracción, explotación, sino también beneficio u otra actividad minera de recursos metálicos o no metálicos sin contar con autorización. Dicho delito es reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años y con 100 a 600 dÃas-multa. La misma pena será aplicada para quien realice las mismas actividades encontrándose fuera del proceso de formalización. Asimismo, el tráfico ilÃcito de insumos quÃmicos y maquinarias destinadas a la minerÃa ilegal será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis años ni mayor de nueve años y con 100 a 600 dÃas-multa.
Source: La Republica January 20, 2026 14:07 UTC