Si en el lapso del tiempo fijado no hay una respuesta del Ejecutivo, el Legislativo puede promulgar la ley por insistencia. En el caso de que sea promulgada, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tendrá otros 15 días para determinar el proceso operativo que deberán seguir las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) para pagar lo que indica la ley. Para esto, la ley ya debió ser promulgada y la SBS haber dado conocer el procedimiento a seguir. A los aportantes que pidieron la devolución de hasta 17.600 soles, se les abonará una UIT (S/ 4.400 soles) cada 30 días calendario:El primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la Administradora Privada de Fondos de Pensiones a la que pertenezca. La SBS dará a conocer el procedimiento a seguir para entregar el dinero de las AFP.
Source: Peru21 April 05, 2021 15:56 UTC